SANTO DOMINGO.– La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) dispuso que las empresas que actúan como agentes de retención del ITBIS no tendrán que aplicar las retenciones establecidas en la Norma General 02-05 cuando realicen pagos a otras personas jurídicas que cumplan con los requisitos para operar mediante facturación electrónica.
La medida está contenida en la Norma General 02-2026, emitida el 16 de septiembre, que establece como condición que la empresa que recibe el pago esté autorizada por la DGII como emisor electrónico y que la operación sea respaldada mediante un Comprobante Fiscal Electrónico (e-CF).
La DGII explicó que la modificación responde a la implementación de la facturación electrónica, que permite a la Administración Tributaria recibir información de las operaciones de manera inmediata y fortalecer los mecanismos de control y fiscalización.
Con esta disposición, las empresas autorizadas como emisores electrónicos y que documenten sus operaciones mediante e-CF podrán quedar exceptuadas de las retenciones contempladas específicamente en la Norma General 02-05. Sin embargo, la medida no elimina otras retenciones tributarias establecidas en disposiciones diferentes.
La institución señaló además que el cambio busca facilitar el cumplimiento fiscal y reducir costos administrativos para los contribuyentes que utilizan el sistema de facturación electrónica.

