Procuraduría General anuncia el esperado Plan de Pensiones Complementarias para fiscales

Altanto.com.do

La procuradora general de la República, Yeni Berenice Reynoso, anunció junto al Consejo Superior del Ministerio Público la puesta en vigencia del Reglamento del Plan de Pensiones Complementarias. Al plan podrán acceder fiscales que califiquen, superen los 60 años de edad y acumulen más de 25 años de servicio en la administración pública.

Un logro esperado por décadas por los fiscales dominicanos

«El día llegó, es hoy… hoy, después de décadas de esperas; meses de consultas, asesorías técnicas, del trabajo de muchos compañeros fiscales… el día anhelado llegó…», proclamó la procuradora Reynoso al encabezar el lanzamiento del reglamento.

Reynoso reafirmó que el plan está dirigido específicamente al Ministerio Público y que el fondo de retiro contará con un patrimonio sólido conformado por los aportes de los propios miembros de la Carrera, así como con el compromiso de la Procuraduría General como empleador. «Es un esfuerzo compartido por un mejor mañana», dijo.

Plan incluye seguros de salud, bono de vacaciones y aporte escolar

La procuradora destacó los beneficios tangibles materializados para los fiscales en los últimos años, entre ellos el bono de vacaciones, el bono de aniversario, un seguro de amplia cobertura y el aporte escolar entregado por primera vez en julio a padres con hijos menores de 18 años en etapa de formación académica.

Asimismo, el Consejo aprobó una resolución que garantizará a todos los fiscales su seguro de salud después del retiro. Los miembros que ya estaban en proceso de renta vitalicia o pensión anticipada también estarán dentro del Plan de Retiro.

Mecanismo de acceso para los fiscales que califiquen

Los interesados que cumplan las condiciones deben completar el Formulario de Solicitud de Pensión Complementaria, entregar copia de la cédula vigente, presentar la constancia de otorgamiento de la pensión base (emitida por la AFP o la DGJP) y anexar los documentos de soporte utilizados para el otorgamiento de dicha pensión.

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