El presidente Luis Abinader emitió el Decreto 30-25, publicado en la Gaceta Oficial No. 11186 el 25 de enero de 2025, que establece la aplicación del Impuesto sobre Transferencias de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a los servicios digitales proporcionados por proveedores extranjeros y consumidos en la República Dominicana. Esta medida entrará en vigor seis meses después de su emisión, es decir, en julio de 2025.
La disposición abarca a todos los servicios digitales ofrecidos a través de internet que sean utilizados, consumidos o captados en el país por proveedores no domiciliados ni residentes en la República Dominicana. Entre las plataformas afectadas se encuentran Amazon, Expedia, Google, Netflix, Spotify, DiDi, Uber, Airbnb e InDriver, entre otras.
La Dirección General de Impuestos Internos (DGII) ha aclarado que el ITBIS será asumido por los proveedores internacionales de servicios digitales, no por los consumidores dominicanos. Específicamente, el impuesto se aplicará a los servicios de intermediación (comisiones) que estas plataformas ofrecen. Este ITBIS no podrá ser trasladado ni compensado en la República Dominicana, a menos que estos proveedores establezcan una presencia permanente en el país.
Los proveedores internacionales de servicios digitales deberán registrarse en el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) de la DGII y completar el «Formulario de Procedimiento Especial para el Registro, Administración, Liquidación y Pago del ITBIS para Servicios Digitales». Entre los requisitos de inscripción se incluye un certificado de existencia del proveedor extranjero emitido en su país de origen, debidamente apostillado y legalizado. La DGII validará estos requisitos y, en un plazo de cinco días hábiles, publicará en su página web la lista de los contribuyentes extranjeros que cumplen con sus obligaciones tributarias en el país.
La implementación del ITBIS a los servicios digitales de proveedores extranjeros se basa en el principio de destino, que establece que el impuesto debe aplicarse en la jurisdicción fiscal donde se produce el consumo final. Además, busca garantizar la equidad tributaria, ya que las empresas dominicanas que ofrecen servicios similares están sujetas al pago de impuestos. La DGII tiene la responsabilidad de asegurar una aplicación equilibrada de las leyes tributarias para mantener un adecuado clima de competitividad en todos los sectores económicos.
Antes de la implementación de esta medida, la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo y la DGII abrieron un foro de discusión sobre el proyecto, en el cual los sectores interesados pudieron hacer comentarios, observaciones y sugerencias. Este proceso de consulta pública tuvo una duración de 25 días hábiles, desde el 15 de febrero hasta el 21 de marzo de 2022.
La aplicación del ITBIS a los servicios digitales de proveedores extranjeros representa un paso significativo en la adaptación del sistema tributario dominicano a la economía digital global. Esta medida busca equilibrar la carga impositiva entre las empresas locales y extranjeras, garantizando una competencia justa y equitativa en el mercado de servicios digitales.