SANTO DOMINGO.– El juez Raymundo Mejía, del Primer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, acogió este viernes el pedimento del Ministerio Público y rechazó la solicitud de autorización de un contra peritaje presentada por los hermanos Antonio y Maribel Espaillat, imputados por el colapso del techo de la discoteca Jet Set Club, tragedia que dejó 236 personas fallecidas y más de un centenar de heridos el 8 de abril de 2025.
El magistrado fundamentó su decisión en la extemporaneidad de la solicitud, la cual había sido previamente declinada por el Tercer Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, tribunal de control del proceso, al considerar que no correspondía conocerla en esta fase judicial.
Durante la audiencia, el Ministerio Público, representado por el procurador fiscal Miguel Collado, sostuvo que el proceso penal debe seguir un curso ordenado y que no pueden introducirse actuaciones fuera de los plazos establecidos. A esta postura se sumaron las barras de abogados que representan a las víctimas de la tragedia.
Querellantes y representantes legales de los afectados señalaron además que la defensa no presentó documentación que acreditara la idoneidad ni la experiencia técnica de los peritos propuestos para realizar el contra peritaje.
De acuerdo con el expediente acusatorio, el Ministerio Público sostiene que los imputados agravaron su responsabilidad penal al sobrecargar la estructura del techo del establecimiento con equipos de climatización de gran tonelaje y tinacos de agua, sin realizar estudios técnicos que certificaran la capacidad de carga del edificio. Asimismo, indica que los propietarios habrían ignorado advertencias internas sobre el deterioro de la estructura, priorizando el ahorro de recursos pese a los riesgos evidentes.
Los hallazgos periciales fueron documentados por los expertos Leonardo de Jesús Reyes Madera, ingeniero sismorresistente; Eduardo A. Fierro, presidente de BFP Engineers; y Máximo José Corominas Quezada, ingeniero patólogo, designados por el Ministerio Público para la investigación del caso.
En ese contexto, el órgano acusador imputa a los hermanos Espaillat los delitos de homicidio involuntario y golpes y heridas involuntarias, tipificados en los artículos 319 y 320 del Código Penal dominicano, sustentando la acusación con cientos de pruebas documentales, técnicas y testimoniales que, según afirma, comprometen su responsabilidad penal.
