La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró inadmisible una acusación penal privada contra el cantante y senador por la provincia Monseñor Nouel, Héctor Acosta (El Torito), interpuesta por su exmanager Hugo Paulino Tineo, por presunta violación de los artículos 29 y 33 de la Ley 6132, de Expresión y Difusión del Pensamiento sobre difamación.
“En el presente caso la acción penal ha sido mal perseguida al comprobarse que los hechos que se atribuyen al imputado son perseguibles mediante el ejercicio de la acción pública a instancia privada, no a instancia privada, como ocurrió en la especie, lo que impide el conocimiento del fondo del proceso y procede la declaratoria de inadmisibilidad”, señaló la sala penal de la SCJ en la sentencia SCJ-SS-22-0563, del 2 de junio de 2022.
El Torito fue acusado por Paulino Tineo de presuntamente haberlo difamado el 20 de diciembre del 2020 a través del programa “El Show de Silvio Mora“, que se transmite por el canal de Youtube, mediante una acusación con constitución en actor civil depositada el 17 de febrero de 2021 por Hugo Paulino en la Secretaría General de la Suprema.
La Sala Penal de la SCJ estableció que la difamación a través de medios electrónicos, informáticos, telemáticos, de telecomunicaciones o audiovisuales es un tipo penal especial que debe ser perseguido como infracción de acción pública a instancia privada, que exige como requisito esencial la sustanciación como un proceso ordinario, con una fase preliminar y la presencia del Ministerio Público.